Inmobiliario · Arrendamiento y desalojo
Juicio de desahucio y desalojo en la Ciudad de México
Tu inquilino dejó de pagar y no entrega el inmueble. O eres tú el inquilino y te quieren sacar de un lugar que estás pagando. Cuando ya no se arregla hablando, se lleva a un juicio de arrendamiento. Representamos al dueño o al inquilino, con oficina en Polanco.
- 4.6 en Google, 47 reseñas
- 20 años de litigio civil e inmobiliario
- Av. Homero 530, Polanco
- Atendemos en la Ciudad de México, el Estado de México y toda la República
Qué hacemos
Cuándo se llega a un juicio de desahucio
El inquilino lleva meses sin pagar y no se quiere salir. El contrato ya terminó y no te entrega el inmueble. O al revés: rentas un departamento o un local, estás al corriente y te quieren sacar.
El juicio de desahucio es el que se usa para que el inquilino desocupe el inmueble, por lo general porque dejó de pagar la renta. Hay otros juicios de arrendamiento según lo que haya pasado: para terminar el contrato, para rescindirlo (deshacerlo porque una de las partes no cumplió) o para cobrar las rentas. Revisamos qué te pasó y qué documentos tienes, y te decimos cuál procede.
El juicio de arrendamiento, del lado del dueño o del inquilino
En cada juicio de arrendamiento representamos a una sola de las partes: al dueño o al inquilino. Lo que se le pide al juez cambia según de qué lado estés, y vale igual para una casa, un departamento, un local comercial o cualquier otro inmueble.
Si eres el dueño
Puedes pedirle al juez:
- Que tu inquilino te pague las rentas que dejó de pagar, en los términos del contrato.
- Que se termine o se rescinda el contrato, si el inquilino no cumplió o le dio un mal uso a tu inmueble.
- Que te regrese el inmueble y, si lo dañó, que pague esos daños.

Si eres el inquilino
Si estás pagando tu renta y el dueño te quiere sacar, te cambió la chapa o no te deja usar el inmueble, se le pide al juez que te regrese el uso del lugar y que nadie te lo impida mientras el contrato siga vigente.
También tienes derecho a que te avisen formalmente si el contrato se va a terminar o si el inmueble se va a vender.
Los documentos para una demanda de desahucio
No hace falta que traigas el expediente completo para empezar, pero con estos papeles te decimos más rápido qué acción procede. Lo que más sirve:
- El contrato de arrendamiento, si lo hay, o el convenio que hayan firmado.
- Comprobantes de pago: transferencias y recibos de renta.
- Lo que se hayan escrito: mensajes, correos o cartas donde la otra parte reconozca el adeudo o se comprometa a algo.
- Fechas: cuándo empezó el arrendamiento, desde cuándo dejaron de pagar y, si eres el inquilino, desde cuándo ocupas el inmueble.
¿Y si no hay contrato por escrito?
Aunque la renta se haya acordado de palabra, se puede pedir al juez que reconozca que sí había un arrendamiento y, con eso, recuperar el inmueble y cobrar las rentas atrasadas. Lo revisamos y te decimos.
Antes y después del juicio
No todo empieza en un juicio. Redactamos, modificamos y terminamos contratos de arrendamiento, para el dueño o para el inquilino, y hacemos el aviso formal cuando una de las partes quiere terminar el contrato.
A veces el juez ya te dio la razón, pero el inquilino no paga ni se sale. Entonces sigue la vía de apremio, la etapa en la que se obliga a cumplir la sentencia: el embargo de bienes para cobrar lo que debe y el lanzamiento, que es sacar a quien ocupa el inmueble con el apoyo del juzgado. Llevamos esa etapa.
Si prestaste tu inmueble y ya no te lo quieren regresar, o quieres volverte dueño de lo que has poseído durante años, el camino es reivindicatorio y usucapión. Si pagaste una propiedad y no te escrituran, vemos escrituración y compraventa. Todos los asuntos inmobiliarios que llevamos están en abogado inmobiliario.

Cómo trabajamos
De tu primer mensaje a la sentencia
Un juicio de arrendamiento toma tiempo. Por eso te decimos desde el principio qué acción procede, qué sigue y en qué va tu asunto.
- 1Nos cuentas qué pasó
Por WhatsApp o por teléfono: desde cuándo, con quién y qué firmaron.
- 2Revisamos tus documentos
Vemos el contrato, los recibos y lo que se hayan escrito, y te decimos qué acción procede. Si hay forma de resolverlo sin juicio, también te lo decimos.
- 3Demandamos y te representamos
Elegimos el juicio que corresponde y te representamos ante los tribunales, seas el dueño que cobra o el inquilino que se defiende.
- 4Hacemos cumplir la sentencia
Si el juez te da la razón y la otra parte no cumple, seguimos con el embargo o el lanzamiento. Te explicamos cada etapa mientras avanza.
Cuéntanos tu asunto de arrendamiento
Seas el dueño o el inquilino, te decimos qué acción procede y qué necesitas para iniciarla. Cada asunto es distinto, por eso primero estudiamos el tuyo.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre el juicio de arrendamiento
¿No ves tu caso? Escríbenos por WhatsApp y te decimos si lo llevamos.
Mi inquilino no paga ni entrega el inmueble, ¿qué se puede hacer?
Se puede demandar el pago de las rentas atrasadas y la rescisión o terminación del contrato, para recuperar el inmueble. También se puede actuar cuando no hay contrato por escrito. Primero revisamos tu caso y te decimos qué acción procede.
¿También representan a inquilinos?
Sí. En controversias de arrendamiento podemos representar tanto al dueño como al inquilino, en casas, departamentos, locales comerciales y cualquier otro inmueble.
¿Qué pasa si ya hay sentencia y el inquilino no se sale?
Se pide al juez que la haga cumplir. A esa etapa se le llama vía de apremio: con el apoyo del juzgado se saca al inquilino (lanzamiento) y se pueden embargar bienes para cobrar lo que debe.
Mi inquilino dañó el inmueble, ¿se puede pedir el pago?
Sí. Si el inquilino le dio un mal uso al inmueble, además de recuperarlo se le puede reclamar el pago de los daños. Lo revisamos contigo para saber qué acción procede.
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Cuéntanos tu asunto
Escríbenos por WhatsApp qué pasó y desde cuándo. Te respondemos, revisamos los detalles contigo y te decimos qué procede.
